Reglamento de la Escuela de Doctorado
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La presente norma tiene el propósito firme de crear las bases institucionales para que la formación doctoral se refuerce como un elemento capital de la comunidaduniversitaria y se abra, aún más, a la comunidad científica internacional y a la sociedad a la que sirve.

Para cumplir con este propósito se crean las estructuras de un Centro universitario -la Escuela de Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide- que asume la responsabilidad sobre todos los Programas de Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide.

La presente norma da forma institucional a la Escuela de Doctorado en su condición de Centro Universitario, como así se define en su Título I. Para favorecer el buen gobierno y la participación de la comunidad universitaria y de las entidades asociadas, la Escuela de Doctorado se vertebra en cuatro niveles institucionales: Junta dela Escuela de Doctorado (Título II), Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado (Título III), Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado (Título IV) y la Dirección de la Escuela de Doctorado (Título V). La rendición pública de cuentas, la participación del claustro de docentes e investigadoras e investigadores en la gobernaciónde la Escuela de Doctorado, la colaboración imprescindible y valiosa del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, y la representación de las y los estudiantes de doctorado, considerados como investigadores e investigadoras en formación, en los órganos de decisión y control son fines esenciales de esta norma (TítuloVI).

Ámbito:
Reglamentos Facultades y Escuela
Publicación
Tipo Boletín:
BUPO
Fecha Boletín:
11/04/2024
Número del Boletín:
03/2024
Órgano Emisor:
Consejo de Gobierno UPO
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